La ley orgánica de 1945 de la UNAM, contexto y repercusiones* Luis Villoro en su texto
El régimen legal y la idea de la Universidad, publicado en enero de 1972, define a las
universidades como comunidades de personas libremente asociadas cuyo objetivo es la
reproducción y la creación de conocimiento
La Ley Orgánica de la UNAM es el máximo ordenamiento jurídico que regula su
personalidad, su estructura y su vida interna. En el artículo primero de dicha norma se
establece que "La Universidad Nacional Autónoma de México es una corporación
pública, organismo descentralizado del Estado, dotado de plena capacidad jurídica y
que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas,
investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad; organizar y
realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas
nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura"
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México fue promulgada el 6 de enero de
1945 y, desde entonces, no ha sufrido ninguna modificación, no obstante la Universidad ha
cambiado en casi todos sus aspectos. El proyecto original de la ley vigente fue elaborado dentro de
la misma institución y, posteriormente, puesto a consideración del entonces Presidente de la
República, quien lo envió como iniciativa al Congreso. Se buscaba, entonces, que fuera la propia
Universidad la que definiera la modificación de sus bases orgánicas, después de una fuerte crisis
institucional. El resultado fue el predominio de las tendencias autoritarias y críticas de la anterior
forma de toma de decisiones. Así, varios elementos democráticos fueron sustituidos por una
estructura antidemocrática basada en la Junta de Gobierno que tiene a su cargo el nombramiento
y la remoción del Rector, los directores y los integrantes del Patronato, así como la resolución de
los conflictos entre autoridades. Quince personas asumieron el control de la Universidad, ejercido
a través de las autoridades por ellas mismas nombradas.

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